El presente trámite sirve cuando las Afores tengan objeciones a los precios que determinen el Proveedor de Precios o la Sociedad Valuadora conforme a sus actividades, deberán formularlas por escrito ante dichas entidades y ante la autoridad competente o bien con apego a las prácticas internacionales establecidas en el País Elegible para Inversiones de que se trate. El presente trámite tiene la naturaleza de un aviso, por lo tanto no tiene plazo de atención ni costo alguno.