Conservación de documentos en materia financiera del SAR

De conformidad con la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, su reglamento y las disposiciones emanadas de éstos, las AFORES y SIEFORES están obligadas a conservar diversa documentación en materia financiera y, en su caso, ponerla a disposición de la CONSAR, en los medios, características y condiciones que ésta determine en ejercicio de sus facultades de supervisión y vigilancia. La documentación que se debe conservar, entre otra, es la siguiente:

  1. Contratos celebrados con prestadores de servicios financieros y dictámenes;
  2. Contratos celebrados con custodios y dictámenes;
  3. Prospecto de información del vehículo; y
  4. Cotizaciones de SIEFORES vía telefónica.

Se trata de un trámite de conservación de documentos, por lo que no tiene plazo de atención ni costo alguno.

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Última actualización: 22/08/2017
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