Autorización para que las SIEFORES mantengan temporalmente el defecto o exceso en los Activos Objeto de Inversión respecto de los límites previstos en el Régimen de Inversión Autorizado.

El trámite se presenta cuando las SIEFORES solicitan a la CONSAR autorización para mantener el defecto o exceso correspondiente respecto de los límites de Régimen de Inversión Autorizado, con la condición de que no se lleven a cabo nuevas adquisiciones o ventas de los Activos Objeto de Inversión causantes del defecto o exceso, hasta en tanto se restablezcan los porcentajes aplicables.
El trámite es gratuito.
Plazo máximo de atención es de 4 meses.

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Última actualización: 17/07/2017
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