Trámite:

Unificación de Cuentas

Plazo de solución

30 días hábiles*

¿Que es?

Trámite mediante el cual se identifican los recursos depositados en las cuentas individuales que pertenecen a un mismo trabajador y se unifican para que se le acrediten los recursos que le corresponden.

¿Quién solicita?

Trabajador o Beneficiario

¿Quién lo otorga?

Afore

Requisitos

• Ser el titular o Beneficiario de más de una cuenta de ahorro para el retiro.
• Que por lo menos alguna de las cuentas se encuentre registrada en una Afore.
• Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado que será generado por la Afore con información del Trabajador, su identificación oficial y su comprobante de domicilio (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”

Trámite

1. Acudir a la Afore que administra la Cuenta Individual y solicitar la Unificación de Cuentas correspondiente, presentando:
  • Solicitud de Unificación de Cuentas debidamente requisitada y firmada, misma que será proporcionada por la Afore.
  • Identificación oficial (original y copia), que puede ser:
    • Para mayores de edad:
      Credencial para votar Pasaporte Cédula Profesional Cartilla Militar Documento migratorio
    • Para menores de edad:
       Pasaporte Credencial del Sistema Educativo Nacional Cédula de Identidad Personal Documento migratorio
    1. En el caso de Trabajadores afiliados al IMSS:
      • Solicitud de regularización y/o corrección de datos personales del asegurado presentada ante el IMSS.
      • Formato de Certificación de regularización de datos personales del asegurado emitido por el IMSS.
    2. En el caso de Trabajadores afiliados al ISSSTE:
      • Constancia CURP (copia).
      • Comprobante de pago emitido por la Dependencia y/o comprobante de la institución de crédito o entidad financiera (copia), según corresponda, que hubiere administrado los recursos.
    3. Los beneficiarios que inicien el trámite de Unificación de Cuentas, adicionalmente deberán presentar los siguientes documentos en original y copia:
      • Acta de defunción del trabajador titular de las cuentas a unificar (copia certificada).
      • Identificación oficial del beneficiario, de las señaladas en el punto de identificación oficial.
      • Resolución, Concesión de Pensión, Laudo que declare la calidad de beneficiario o documento que acredite el concubinato (original y copia).
2. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de conclusión del proceso, la Afore deberá enviar una constancia al domicilio o correo electrónico del Trabajador informándole la conclusión del trámite o los motivos por los cuales no fue procedente.

Información Importante

  • Cuando las Afore reciban la instrucción del IMSS para llevar a cabo la unificación de cuentas individuales, deberán atender y resolver los trámites sin necesidad de que los trabajadores deban acudir ante dicho instituto o a la propia Afore para regularizar su cuenta.
  • Una vez que el trabajador cuente con su NSS o CURP definitivos, debe proporcionar el dato correcto a su patrón o Dependencia con el fin de que las aportaciones subsecuentes que se realicen a su nombre sean depositadas en el NSS o CURP que le fueron certificados.
  • Los trabajadores independientes que se encuentren registrados en una Afore y comiencen a cotizar al IMSS pueden promover la unificación de sus cuentas individuales.
  • Si después de haberse concluido el trámite de Unificación de Cuentas individuales no se ven reflejados los saldos en la cuenta individual, el trabajador deberá acudir a un Centro de Servicio Especializado INFONAVIT a realizar la aclaración correspondiente presentando la constancia de Unificación de Cuentas emitida por la Afore y la certificación de regularización de datos personales del asegurado emitido por el IMSS.
  • Una vez concluido el proceso de Unificación de Cuentas, el trabajador puede solicitar a su Afore la Constancia de Unificación correspondiente.
  • Para casos de Unificación de Cuentas para trabajadores con NSS otorgados por INFONAVIT (números que inician con “77”) véase "Trámites y Servicios para trabajadores con NSS otorgado por INFONAVIT".
  • El uso obligatorio de la firma biométrica y de los medios electrónicos para la Unificación de Cuentas, así como la generación del Expediente de Identificación del Trabajador entró en vigor el primer día hábil de agosto de 2016.
* El plazo para la conclusión del proceso de Unificación de Cuentas puede interrumpirse cuando los Institutos de Seguridad Social requieran llevar a cabo alguna operación respecto de las Cuentas Individuales, lo cual les será informado por las Afore o bien, cuando éstas últimas requieran llevar a cabo algún proceso previo a la conclusión de la unificación. En todo momento la Afore deberá proporcionar al trabajador, cuando éste lo solicite, el estatus de su trámite.

Sello Digital: TfpiUDa7A5Yg1S4kCtXLPap5uT2uF9sNZ0nVf/kcDVvqtw3vnTFkt5dALEKMFn8nyEQMAcdPjGyllfgqbzdSLQ==