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Ley del ISSSTE


Información de Trabajadores Activos

A fin de cumplir con lo establecido en el artículo sexto transitorio de la Ley del ISSSTE publicada en el diario oficial de la federación el 31 de marzo de 2007, a partir del primero de Julio las Dependencias y/o Entidades publicas deben integrar mediante el portal del Sistema de Recepción de Información (SIRI) la información para la integración de expedientes de trabajadores activos al 31 de marzo de 2007.

La transmisión de archivos se realizará conforme a los mismos lineamientos del SIRI, por lo que deben generar el anexo "ISSSTE-A", validarlo con el Software Validador del anexo "ISSSTE-A", y transmitir su archivo en el portal SIRI.

 

Si tienes dudas envía un correo a historialdecotizacion@issste.gob.mx

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