¿Qué son los beneficiarios?
En caso de que el dueño de la Cuenta Individual fallezca, la ley contempla que los recursos de la Cuenta Individual son heredables y las personas designadas para recibir los recursos, son llamadas beneficiarios.

Es importante recalcar que es el Instituto Mexicano del Seguro Social quien designa a los beneficiarios de acuerdo con la Ley del IMSS, existen dos tipos:
- 1) Beneficiarios Legales:
- a) La viuda, o el viudo si dependió económicamente de la trabajadora.
- b) los hijos menores de 16 años (o mayores de 16 si no pueden mantenerse por su propio trabajo o están estudiando hasta los 25 años).
- c) los padres (si vivían en el hogar del trabajador).
- d) A falta del cónyuge, la concubina, o el concubinario si dependió económicamente de la trabajadora.
- 2) Beneficiarios Sustitutos, APLICAN UNICAMENTE A FALTA DE LOS LEGALES.
- Si no eres un beneficiario legal y tienes elementos para solicitarle a un juez que te designe como beneficiario sustituto, deberás acudir con la representación de un abogado a LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE que emitirá el laudo correspondiente.
