CONSAR-01-048.- Acreditar que las Administradoras de Fondos para el Retiro y Sociedades de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro están en condiciones de organizarse y operar.

Este trámite se presenta cuando los solicitantes que pretendan constituir una Administradora de Fondos para el Retiro y/o Sociedades Especializadas de Inversión hayan obtenido el visto bueno por parte de la CONSAR para iniciar operaciones.
El presente trámite tiene la naturaleza de un aviso, por lo tanto, no tiene plazo de atención ni costo alguno.

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Última actualización: 25/04/2017
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