Cuando las instituciones financieras del exterior, instituciones financieras filiales, administradoras filiales o las sociedades relacionadas, pretendan adquirir la mayoría de las acciones representativas del capital social de una AFORE. El trámite es gratuito. Es indispensable que se cumplan con los requisitos que se establecen en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y en las Reglas para el establecimiento de filiales de instituciones financieras del exterior. Plazo máximo de atención es de 8 meses.