Se presenta cuando cualquier persona física, moral u otra Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) pretenda adquirir acciones representativas del capital social de una AFORE y que la participación del adquirente represente el 5% o más del capital social. El trámite es gratuito. Es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así mismo la operación no debe implicar un conflicto de interés entre los adquirentes. La autorización se otorga de forma discrecional. Plazo máximo de atención es de 4 meses.