Se presenta cuando las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) pretendan invertir en las empresas que les proporcionan servicios complementarios o auxiliares en la realización de su objeto. El trámite es gratuito. Es necesario que la solicitud se ajuste a lo solicitado en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y cumpla con todos los requisitos previstos por la referida Ley. Plazo máximo de atención es de 4 meses.