Se presenta cuando una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) requiera la aprobación por parte de CONSAR de los nombramientos de su Contralor Normativo y de sus Consejeros Independientes. El trámite es gratuito. Es indispensable que el Consejero Independiente y el Contralor Normativo cuenten con los requisitos de señalados en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, su Reglamento y Disposiciones de carácter general aplicables a los Contralores Normativos y a la Circular CONSAR 54-1 Reglas generales a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro con respecto a sus consejeros independientes y contralores normativos, que cuenten con aprobación del Comité Consultivo y de Vigilancia de la CONSAR. Plazo máximo de atención es de 4 meses.