Autorización para que una AFORE pueda tener una concentración de mercado mayor a la prevista en el Ley del SAR

Se presenta cuando una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) pretenda sobrepasar el límite de la concentración de mercado establecida en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
El trámite es gratuito.
Es necesario para otorgar la autorización que el Comité Consultivo y de Vigilancia de la CONSAR emita su opinión se cuente con la opinión favorable de COFECE.
Plazo máximo de atención es de 4 meses.

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Última actualización: 19/02/2017
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